Posteado por: Esc. Pongibove | 12/03/2010

Control de Voto

Se está efectuando actualmente por parte de los Escribanos, el control de las constancias de voto respecto de las pasadas elecciones de Octubre de 2009. Por lo cual para cualquier escritura que usted deba otorgar, necesariamente se le exigirá la presentación de la credencial (con su respectivo sello) o la constancia de voto emitida por la mesa receptora de votos. En caso de no haber votado por causa justificada, deberá concurrir al otorgamiento de la escritura con el documento emitido por la Corte Electoral a tal efecto.

A partir del 1º de Abril 2010 comienza el control de la elección de segunda vuelta (Noviembre de 2009) y se extenderá por 120 días a partir de esa fecha.

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